Sindicato Médico de Navarra, 29 de agosto de 2014.
Mediante la publicación en el BON nº 167 de 27 de agosto, de la O.F. 62/2014, de 4 de julio, de la Consejera de Salud, se aprueban las normas de gestión de las listas de aspirantes a la contratación temporal en los centros y establecimientos de los organismos autónomos adscritos al Departamento de Salud. (accede desde aquí)
En la normativa hasta ahora vigente (O.F. 172/2009 de 24 de diciembre), las listas de contratación “abiertas y permanentes” (para todos aquellos que no se han podido presentar o bien no hayan aprobado ninguna prueba en las últimas oposiciones de Navarra) se establecían exclusivamente en base a los estudios de postgrado (doctorado) y los servicios prestados (que no se podían actualizar por lo que quedaban “congelados” desde el momento de la solicitud para entrar en listas). Como criterio de desempate se establecía el orden de entrada en el correspondiente registro.














